Exenciones del Pago del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria en la Republica Dominicana
Las Exenciones del Pago del Impuesto a la Propiedad Inmobiliaria en la Republica Dominicana, son:
- La vivienda (y el solar sobre el cual se encuentra edificada) perteneciente a personas mayores de 65 años de edad, siempre y este constituya el único patrimonio inmobiliario de su propietario.
- Personas pensionistas y rentistas de fuente extranjera en un 50%.
- Los terrenos rurales.
- Mejoras de uso agropecuario ubicados sobre terrenos rurales.
- Inmuebles exentos por leyes especiales (ej. Ley 158-01).
Para el año 2023, están exentos del pago de este impuesto los inmuebles:
Que formen parte de un patrimonio inferior a ocho millones ciento treinta y ocho mil trecientos cincuenta y tres pesos con veinte
seis centavos (RD$9,520,861.00).
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